viernes, 3 de enero de 2014

"Poder Familiar de la Federación"

Relacionado con la entrada "Cartas a un Juez que inicia la carrera judicial" el compañero Israel Castillo nos comparte esta nota publicada en el diario "El Siglo de Torreón":

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 Noticia publicada en Nacional de El Siglo de Torreón el lunes 25 de junio de 2007, 8:42am

Margarita Luna Ramos, miembro de una ‘familia judicial’

El Universal /México, D.F.

"Luna Ramos ha sido secretaria, oficial judicial, actuaria, proyectista de sentencias en Juzgado, jueza de Distrito, magistrada de Circuito, magistrada del Tribunal Electoral y consejera de la Judicatura.


La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Margarita Luna Ramos, es una prueba fehaciente de que la llamada “familia judicial” sí existe. Es más, quienes la conocen, saben que ella tiene dos matrimonios, que es bígama y que no lo niega.

Primero se casó en la capital del país, allá por el año de 1975, con el Poder Judicial de la Federación. El siguiente matrimonio le vendría más tarde, después de poco más de una década, cuando las bromas le decían que el tren se le iba, justo cuando se desempeñaba como jueza. A partir de ahí comenzó su bigamia.

Pero la historia que la llevó a estos dos matrimonios comenzó a escribirse en otro lugar y en otro tiempo.

Todo inició en un pueblito, como ella le dice nada menos que al municipio de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, en donde nació hace medio siglo y en donde ella aspiraba a ser médico.
La muerte de su padre, un conocido comerciante de nombre Belisario Luna Flores y la falta de recursos para estudiar medicina, la llevaron a cambiar su vocación por la abogacía, una de las dos únicas carreras que se impartían en su natal San Cristóbal.

En el pueblo, asegura, sólo había dos opciones: ser maestro normalista o abogado. Dos de sus hermanos eligieron ser abogados (ahora José Alejandro es magistrado del Tribunal Electoral y Carlos Hugo es magistrado de Circuito) y otros dos decidieron ser maestros. Ella, la menor de los cinco hermanos, optó por la abogacía.

Ante la falta de recursos para que alguien le mantuviera sus estudios, desde los 15 años de edad, comenzó a trabajar como secretaria. El taller de mecanografía que había cursado en la secundaria le había servido para colocarse como secretaria en una oficina gubernamental en Chiapas.
Y de su tierra natal no hubiera salido de no ser porque no quería que su madre, doña Josefa, le durara más y no continuara, en su pueblo, “ahogándose en la tristeza”.

Cuando había iniciado la carrera de Derecho salió de Chiapas hacia la Ciudad de México, en donde se encontraban trabajando sus hermanos mayores. Ingresó a la Facultad de Derecho de la UNAM y hubiera continuado trabajando como secretaria en una oficina de la Secretaría de Agricultura, de no ser por que su hermano José Alejandro la convenció de que, si ya iba a estudiar la carrera de Derecho, mejor presentara su examen para entrar como secretaria en un juzgado federal que se iba a abrir en la Ciudad de México.

Y así lo hizo. Presentó su examen de mecanografía y taquigrafía e ingresó como secretaria de uno de los encargados de elaborar proyectos de sentencia para el entonces recién nombrado juez Juan Díaz Romero, quien una década después llegó a ser ministro de la Corte.

Díaz Romero se convirtió en una de las personas clave en su vida laboral, de quien, junto a todo su equipo de colaboradores, adquirió el gusto y el amor por lo que la impartición de justicia.

A partir de entonces, sin saberlo, Margarita Luna Ramos, se casó con la justicia e inició una carrera de más de 30 años en la que, como muy pocos, ha recorrido cada uno de los escalafones del Poder Judicial, desde el más bajo hasta el más alto.

Lo mismo ha sido secretaria, oficial judicial, actuaria, proyectista de sentencias en Juzgado, en Tribunal Colegiado y en la SCJN, jueza de Distrito, magistrada de Circuito, magistrada del Tribunal Electoral, consejera de la Judicatura y a partir del 19 de febrero de 2004, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y presidenta de la Segunda Sala del alto Tribunal.

Una mala negociación política en la Cámara de Senadores estuvo a punto de frenar su llegada a la Corte. En diciembre de 2003 el senador Diego Fernández de Cevallos la vetó, dividió a la fracción del PAN y evitó que, pese a tener la mayoría de votos, no fuera designada, porque no obtuvo la votación de dos terceras partes de los senadores que exige la Constitución para el nombramiento.

La falta de contactos y la ausencia de una filiación política estuvo a punto de dejarla fuera de la Corte y de formar parte del grupo selecto de 11 personas que deciden el destino de los principales conflictos que se viven en el país, del cual ya formaba parte, desde hacía dos décadas, su primer jefe, Juan Díaz Romero.

Pero las recomendaciones de algunos integrantes de la Corte y los buenos oficios del recién nombrado ministro, José Ramón Cossío, lograron colocarla nuevamente en la terna de candidatos que presentó el presidente Vicente Fox para ocupar la vacante que quedó libre con la salida del entonces ministro Juventino Castro y Castro.

Y ya en plena elección, un anónimo enviado de última hora a la fracción del PRD, en el que se afirmaba que había beneficiado a los clientes del senador Diego Fernández de Cevallos en el caso conocido como El Paraje San Juan, también estuvo a punto de empañar su elección.
Después de sopesar el anónimo, el entonces coordinador de la fracción perredista en el Senado, Jesús Ortega y los legisladores del PRD, decidieron darle su apoyo.

Ganó la elección con el voto de 82 de los 105 senadores presentes. Y al salir de la sesión, le agradeció su voto al perredista Jesús Ortega, por no haberle hecho caso al anónimo y le dijo que esperaba que la vida le diera la oportunidad de demostrarle que no se había equivocado.

A partir de entonces comenzó a usar esa toga negra que de alguna manera le aleja el aire de ama de casa que da con su cabello castaño corto, sus trajes sastres conservadores y sus largas faldas y la transforma en la ministra que con sus últimos votos ha decidido algunos de los asuntos más importantes del país, como fue el caso del conflicto que enfrentó a la Cámara de Diputados con el Instituto Federal Electoral.

Un caso en el que se le criticó ampliamente por haber emitido un voto totalmente opuesto al que había presentado en un caso similar promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Aunque el cambio de opiniones a la hora de votar sobre casos similares no es nuevo para la ministra. Si existen nuevos argumentos que la hagan cambiar de opinión lo hace, lo mismo de una sesión a otra, como ocurrió cuando después de oponerse a la creación de una comisión que investigara violaciones graves a las garantías en el caso Atenco, al final terminó apoyando que se indagaran los hechos ocurridos en la comunidad mexiquense.

O incluso puede cambiar, después de un par de años, como sucedió con el tema de la cadena perpetua. A su llegada se sumó a la mayoría de ministros que ratificó la inconstitucionalidad de esta pena, pero un par de años después, cambió su opinión y con su voto ayudó esta postura cambiara y se declarara inconstitucional la cadena perpetua.

Este tipo de votos son los que hacen que no se le pueda ubicar con una tendencia clara.

En general se considera que la ministra tiende a ser demasiado técnica y muy rigurosa en el estudio de sus proyectos, no por nada se levanta todos los días a las 4 de la madrugada a estudiar sus asuntos.

Tres cualidades que aprendió de dos de los jefes que tuvo en sus inicios. El ministro en retiro Juan Díaz Romero, con quien todavía alcanzó a compartir como par el Pleno de la SCJN y el actual presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia.

De ellos, se asegura, es probable que también haya consolidado su tendencia a ser más conservadora a la hora de interpretar la Constitución y al resolver los conflictos, principalmente, entre autoridades y entre poderes, como ocurrió en el caso del IFE y más liberal e innovadora cuando se trata de defender las garantías de las personas, como lo hizo en el caso de los militares con VIH y de las investigaciones que se ordenó realizar en los casos Atenco y Oaxaca.

Y al igual que ellos, la presidencia de la SCJN, no es uno de sus principales objetivos en su vida y es el único cargo del Poder Judicial que le falta ocupar. Y hay quienes dicen que, al igual que Ortiz Mayagoitia, es un cargo que seguramente ocupará en el futuro. Tiempo le sobra. El periodo para el que fue electa como ministra concluye hasta febrero de 2019."


¿Sabías que… inmovilizar tu auto puede ser anticonstitucional?

Otra colaboración relacionada con la entrada "Particulares ¿Autoridades?" (Gracias al compañero Félix Calderón por la nota):
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¿Sabías que… inmovilizar tu auto puede ser anticonstitucional?

Publicado el 17 diciembre, 2013
Parquímetros enfrentan demandas por abuso

Hasta el pasado noviembre, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) había recibido 105 demandas de ciudadanos contra el sistema de parquímetros de la ciudad y casi 70 por ciento de estos recursos son atendidos a través de la defensoría de oficio, reveló la titular de este órgano administrativo, Yasmín Esquivel Mossa.

Apoyándose en una reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la presidenta del TCADF sostuvo que las inmovilizaciones de vehículos por parte de empresas particulares son anticonstitucionales, a menos que esté presente un elemento de tránsito en el momento de la sanción.

“En virtud de que la empresa no tiene facultades para inmovilizar un vehículo, únicamente puede inmovilizar un vehículo la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, estas empresas no lo pueden hacer.

“Si esta empresa ha emitido una sanción económica al vehículo si puede ser impugnada esa sanción con nosotros”, detalló Esquivel Mossa.

Detalló que de las boletas de sanción en materia de parquímetros se advierte que se impone una multa por cinco días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, más el retiro de candado inmovilizador, y que las principales causas para ello son que el vehículo permanece estacionado frente a un parquímetro cuando el tiempo para ello ha expirado o bien por no acreditar el pago correspondiente para estacionarse en dicho sitio.

“Los actos que emiten las empresas concesionarias de parquímetros sí pueden ser impugnados en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, si puede venir el ciudadano a demandar la nulidad de ese acto, toda vez que la empresa recibió una concesión del Estado para hacer y llevar actos jurídicos”, aclaró la magistrada.

Agregó que la vía que se sigue para dichos juicios es la sumaria, es decir, de plazos cortos, por lo que aproximadamente en 45 días se tiene una resolución definitiva.
Atracción 360






 

El Presidente no incurrió en traición a la Patria, según Penalistas

Compañer@s:

Nos comparte esta nota periodística nuestro compañero Félix Calderón, relacionado con la entrada denominada "Principio de No Autoincriminación"; muy ilustrativa... ¿qué opinión les merece?:

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  • Lo acusan de hacer acuerdos con empresarios petroleros de Inglaterra y EU
  • El supuesto de abrir a inversionistas el sector de hidrocarburos no viola la soberanía, señalan

EL PRESIDENTE NO INCURRIÓ EN TRAICIÓN A LA PATRIA, SEGÚN ALGUNOS PENALISTAS

Alfredo Méndez.- Periódico La Jornada Lunes 16 de diciembre de 2013, p. 10

"Después de hacer un análisis dogmático pormenorizado del tipo denominado traición a la patria, abogados y académicos especialistas en derecho penal y constitucional entrevistados por La Jornada negaron que el presidente Enrique Peña Nieto o sus colaboradores hayan incurrido en ese delito, previsto y sancionado por el artículo 123 del Código Penal Federal, contrario a lo expuesto por Andrés Manuel López Obrador, ex candidato presidencial.

Los juristas consultados coincidieron en que aun si el ex jefe de Gobierno del Distrito Federal acompaña pruebas documentales a la denuncia penal que –dijo– interpondría ante la Procuraduría General de la República (PGR) contra Peña Nieto, sobre supuestos acuerdos que el titular del Ejecutivo federal hizo con empresarios petroleros en Inglaterra y Estados Unidos, la denuncia no tendría más fin que el archivo muerto.

El constitucionalista Antulio Ontiveros Laguna, director del Instituto Nacional de Ciencias Políticas, Sociales y Estudios Jurídicos Daniel Cosio Villegas AC, sostuvo que el anuncio de López Obrador es más mediático que jurídico. Añadió que de ninguna manera (encuadra) el tipo penal de traición a la patria con el supuesto acto de abrir a la iniciativa privada la exploración y explotación de hidrocarburos, pues no es un acto de violación a la soberanía nacional, tomando como base los postulados de la Constitución.

Ontiveros recomendó a los abogados que asesoran a López Obrador que, si en verdad quieren tener éxito en una contienda jurídica contra la reforma energética, deben convencer a los legisladores que estén en contra de la modificación constitucional al marco normativo de Petróleos Mexicanos (Pemex), a fin de que presenten una controversia constitucional y/o acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Martín Rubio Millán, ex delegado de la PGR en Michoacán, añadió que siempre que se ha intentado proceder contra un presidente de la República por traición a la patria, las denuncias terminan en el archivo muerto. Agustín Acosta Azcón y Xavier Olea Peláez, abogados con más de 20 años de experiencia en litigios penales, coincidieron en que llevar el tema de la reforma energética al terreno del derecho penal no es más que un planteamiento de retórica y de discusiones ideológicas sobre el concepto de soberanía.

En una visión totalmente antagónica a las anteriores, Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México, aseguró que sí procede la acusación de traición a la patria contra Peña Nieto, siempre y cuando López Obrador presente las pruebas que dice tener. Dijo que es un delito contra la seguridad de la nación que puede ser cometido por el presidente de la República, según lo establece el segundo párrafo del artículo 108 de la Constitución.

El artículo 123 del Código Penal Federal, en su fracción I, tipifica y sanciona el delito de traición a la patria con pena de prisión de cinco a 40 años, al que realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la nación mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero.

En su diccionario de derecho penal editado por Porrúa, el ministro jubilado de la Suprema Corte, Francisco Pavón Vasconcelos explica que el tipo penal de traición a la patria es muy ambiguo respecto de la determinación de los hechos que lo constituyen, pues comprende toda una gama o diversidad de conductas que en alguna forma tienden a vulnerar la forma de gobierno y las instituciones públicas, alterando la paz de la nación, con la concreta finalidad de someter a persona, grupo o gobierno extranjero."