miércoles, 2 de julio de 2014

Ley General en Materia de Delitos Electorales


Compañer@s:

En alcance a la entrada de 9 de junio de 2014, el pasado día 27 de ese mismo mes y año, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la también recientemente publicada “Ley General en materia de Delitos Electorales” (23 de mayo de 2014).

Este último documento ya es consultable en la sección “Legislación” del Blog con la reforma en cita misma que, en lo general se refiere a la imposición de diversas multas y años de prisión, según corresponda, entre otros, a quien:

* Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación.
* Impida, sin causa legalmente justificada, la instalación o clausura de una casilla.
* Al servidor público que coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
* A los ministros de culto religioso que, presionen el sentido del voto o induzcan expresamente al electorado a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición.

Saludos.
 

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